Reglamento para el uso de la marca Norven

En Gaceta Oficial N° 42.830 del 1 de marzo de 2024, el Ministro del Poder Popular de Comercio Nacional dictó el Reglamento para la autorización de la marca Norven Sello Oficial de Calidad Venezuela, el cual tiene como principal novedad que amplía el uso de la Marca NORVEN (Marca de Certificación utilizada como Sello Oficial de Calidad en Venezuela), a productos, procesos y servicios realizados en nuestro país. Anteriormente este sello solo podía ser aplicado a productos.

Algunos de los aspectos más relevantes de esta nueva normativa son las siguientes:

Sujetos de aplicación y autoridad competente

Este Reglamento es aplicable a todas las organizaciones y empresas públicas o privadas que deseen obtener una autorización para utilizar la Marca NORVEN en sus productos, procesos o servicios.

El organismo competente para emitir las autorizaciones de uso, así como en todo lo referente a su renovación, supervisión, mantenimiento o publicidad es el Servido Desconcentrado de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER).

Procedimiento de autorización

La solicitud de autorización de la Marca NORVEN debe hacerse ante SENCAMER mediante escrito acompañado de todos los requisitos, recaudos e información que este organismo requiera. Luego de ello, SENCARMER designará a auditores para realizar evaluación técnica previa a la autorización, la cual tendrá por finalidad

  1. Verificar que el producto, proceso o servicio para el cual se solicita la marca se elabore conforme a las Normas Venezolanas COVENIN u otras normas técnicas o estándares internacionales que rigen la materia.
  2. Practicar análisis de laboratorio (en caso de productos).
  3. Verificar el sistema de control de calidad de la empresa. Esto es, el sistema para asegurarse que el producto, proceso o servicio podrá ejecutarse siempre con los estándares de calidad aplicables.
  4. Indicar las reformas que fueran necesarias en los sistemas de control de calidad, de ser el caso.

Culminada la revisión, SENCAMER emitirá su decisión de conceder o negar la autorización. En caso de negativa, la decisión deberá indicar las deficiencias encontradas y el solicitante podrá subsanarlas en un plazo de 1 año, luego del cual la solicitud quedará sin efecto.

Por el contrario, en caso de que la evaluación arroje resultados positivos, SENCAMER establecerá mediante contrato las condiciones particulares de autorización que regirán al producto, proceso o servicio, el cual deberá ser suscrito por el solicitante.

No obstante, existe la posibilidad de que el solicitante razone y discuta (por escrito) estas condiciones, si considera que algunas de ellas son de imposible cumplimiento.

Luego de otorgada la autorización, si la empresa necesitara modificar alguna de las condiciones particulares, estas modificaciones deberán ser aprobadas previamente por SENCAMER.

Prohibiciones

Algunas prohibiciones que establece el Reglamento para aquellos a los que se les haya concedido el uso de la Marca NORVEN son las siguientes:

  1. No se puede estampar la marca comercial del producto, proceso o servicio al que se la concedido la Marca NORVEN en otros productos, procesos o servicios.
  2. No se puede poner a la venta unidades de productos a los que se le ha concedido la Marca NORVEN, sin el estampado de dicha marca. No obstante, SENCAMER pudiera autorizar que determinados volúmenes o lotes no tengan la Marca NORVEN si dichos lotes no cumplen con las especificaciones técnicas pertinentes.
  3. No se puede mezclar la publicidad de los productos, procesos o servicios que tienen la Marca NORVEN con aquellos que no la tienen. La empresa, además, está obligada a enviar a SENCAMER ejemplares de los catálogos y piezas publicitarias y promocionales en donde figuren los productos, procesos y servicios que tengan la Marca NORVEN.

Supervisión y cambios en normas técnicas

SENCAMER tiene competencia para supervisar que el uso de la Marca NORVEN se realice conforme a lo establecido en la normativa legal, normativa técnica y las condiciones particulares de autorización. A este respecto, SENCAMER puede solicitar. cuando lo desee, informes de control de calidad o realizar auditorías, pudiendo incluso suspender o cancelar la autorización si se determina algún incumplimiento, dependiendo de la gravedad de este.

Si las normas técnicas que rigen el producto, servicio o proceso al cual le fue autorizado el uso de la Marca NORVEN fueran modificadas, SENCAMER fijará un plazo para que las empresas afectadas adapten sus procesos a las nuevas normativas. De no hacerlo en el plazo previsto, perderán la autorización de uso de la Marca NORVEN.

Diseño y tamaño de la Marca NORVEN

El Reglamento establece expresamente cuál es el diseño de la Marca NORVEN en cualquiera de sus tres variaciones (productos, servicios y procesos):

Asimismo, se indica que el tamaño de este logo no debe ser inferior a 2 centímetros para asegurar su visibilidad. A todo evento, las condiciones particulares de la autorización que otorgue SENCAMER podrán establecer condiciones específicas para la colocación del logo dependiendo del tipo de proceso, producto o servicio.

Productos fabricados fuera de Venezuela

Las autorizaciones para el uso de la Marca NORVEN, en productos fabricados fuera de Venezuela estarán sujetas a las disposiciones contenidas en los Convenios de Cooperación y Acuerdos de Reconocimiento de Mutuo entre los países involucrados, de haberlos.

Vigencia y derogatoria

Este Reglamento entró en vigor desde su publicación en Gaceta Oficial y el mismo derogó la la Resolución N° 4.003-A de fecha 20 de agosto de 1973, emitida el Ministerio de Fomento, mediante la cual se dictó la Reglamentación para el Otorgamiento, Supervisión y Uso de la Marca NORVEN, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 30.184 de fecha 21 de agosto de 1973.

Comentarios adicionales

Es preciso destacar que el Reglamento bajo estudio no establece los requisitos y recaudos que se requieren en cada caso para solicitar la autorización de la Marca NORVEN para su uso en productos, servicios y procesos. A la fecha, SENCAMER solo tiene regulaciones y directrices relativas a los productos, por lo que próximamente deberán ser realizadas modificaciones en las regulaciones de SENCAMER que complementen este Reglamento.

Asimismo, el Reglamento tampoco hace mención al tiempo que dura la autorización ni al trámite para renovarla, por lo que también será necesario que se dicten normativas adicionales que hagan referencia a estos aspectos.

Esperemos que la aplicación de este Reglamento y los normas que lo complementen sean de enorme provecho para el sector industrial y de servicios en Venezuela, quienes podrán beneficiarse de la misma obteniendo esta reconocida certificación de calidad en sus productos, servicios y procesos.

Bolet & Terrero

Departamento de Asuntos Regulatarios

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El presente artículo es publicado con fines meramente informativos y no debe ser considerado en ningún caso como una opinión o recomendación legal. Bolet & Terrero no recomienda actuar sobre la base de lo indicado en este reporte sin haber obtenido previamente asesoramiento legal adecuado y personalizado.

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Luis Henriquez

Hillmer Valenilla